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BECAS  

Capítulo 2. Becas

Artículo 7
Los tipos de becas para la realización de estudios de preparatoria, profesional y postgrado que otorga la Universidad Tec Milenio, son las siguientes:

Tipos de becas
Clave de beca
Porcentaje de beca

10%

A*

50% 60% 70% 80% y 90%

N

15%

C

10%  20% 30% Y 40%

D

10%  20% 30% Y 40%

 
    A = Beca Académica
    Aı = Beca Familiar
    C = Beca de Convenio
    D = Beca de Desarrollo
    N = Beca Laboral
* La Beca Académica no se otorga a alumnos de Postgrado        

El porcentaje que se menciona en la tabla anterior es la aportación que otorga la Universidad Tec Milenio, al total de la cuota de colegiatura.

Artículo 8

Se llama beca académica a la aportación que otorga la Universidad Tec Milenio a alumnos oficialmente admitidos, equivalente a un importe de hasta el 90% de la cuota de colegiatura, dependiendo del promedio obtenido, esta beca no aplica para alumnos de maestría.

Artículo 9
Se llama beca de desarrollo a la aportación que brinda la Universidad Tec Milenio a futuros alumnos o escuelas proveedoras mediante eventos de promoción, equivalente a un importe de hasta el 40% de la cuota de colegiatura.

Artículo 10
Se llama beca de convenio a la aportación que otorga la Universidad Tec Milenio a alumnos que han sido oficialmente admitidos y que son empleados de empresas con las que se tiene convenio, equivalente a un importe de hasta el 40% de la cuota de colegiatura.

Artículo 11
Se llama beca de ayuda familiar a la aportación que otorga la Universidad Tec Milenio, a aquellos alumnos que iniciarán estudios en un campus en el que al menos un hermano(a) de éste ya se encuentre estudiando sin tener beneficio de alguna beca, excepto si tiene beca académica. El apoyo es equivalente a un importe del 10% de la cuota de la colegiatura.

Artículo 12
Se llama beca por esfuerzo a la aportación que otorga la Universidad Tec Milenio a los alumnos oficialmente admitidos que demuestren estar laborando actualmente y que soliciten inscripción al turno nocturno. El apoyo es equivalente a un importe del 15% de la cuota de colegiatura.

Artículo 13
Para el otorgamiento del tipo de beca académica, se sujetará al cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 de este Reglamento.

Artículo 14
Para el otorgamiento del tipo de beca de convenio y esfuerzo, se sujetará al cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 de este Reglamento.

Artículo 15
Para el otorgamiento del tipo de beca de ayuda familiar, se sujetará al cumplimiento de lo establecido en el artículo 21 de este Reglamento.

Artículo 16
Los beneficiarios de las becas de Universidad Tec Milenio deberán solicitar refrendo de su beca después de cada periodo académico para su renovación con la condición de que el alumno haya cumplido con los requisitos y disposiciones establecidos en este Reglamento en los artículos 27 y 28, además de salir evaluado satisfactoriamente en el servicio de becario.

Artículo 17
Las becas otorgadas podrán ser modificadas, reducidas o canceladas, cuando la calidad académica del beneficiario hubiese sufrido demérito, cuando no se observe buena conducta dentro y fuera del campus académico o cuando, por razones presupuestales, fuese necesario hacerlo.

Artículo 18
Las becas otorgadas de ningún modo podrán ser consideradas de carácter acumulativo así como tampoco, podrán hacerse retroactivas a periodos en los que el alumno no presentó solicitud o renovación formal de la misma y por tanto no fueron autorizadas.